Un certificado de existencia y cumplimiento (o equivalente) acredita que el solicitante, entre otras cosas, cumple con los requisitos de presentación anual, está activo y ha estado operando de manera ininterrumpida desde su constitución, no está sujeto a ninguna orden o acción administrativa en su contra, no se encuentra en proceso de liquidación, está al día con el pago de las tarifas y cuotas requeridas, etc. El certificado de existencia y cumplimiento no debe tener más de seis meses de antigüedad al momento de presentar la solicitud.